|
|||||||
| Coordinación de actividades empresariales, aplicación del R.D.171/2004 | |||||||
| |
En
los supuestos de concurrencia de actividades empresariales en un mismo
centro de trabajo, regulando el deber de cooperación entre los
empresarios concurrentes, determinando las obligaciones del empresario
titular así como del empresario principal e indicando los medios
de coordinación necesarios. |
||||||